El Tribunal Europeo de Derechos Humanos falló el jueves contra Grecia tras el naufragio de una embarcación con solicitantes de asilo, en el que murieron 11 personas a bordo.
El barco pesquero transportaba a 24 personas en el mar Egeo, cerca de la isla de Farmakonisi, cuando, según los migrantes a bordo, volcó cuando los guardacostas que viajaban intentaron empujar a los refugiados hacia aguas turcas.
Sin embargo, las autoridades griegas refutaron este giro de los acontecimientos y dijeron que el barco estaba siendo remolcado a la isla de Farmakonisi cuando volcó debido al pánico a bordo de la embarcación el 20 de enero de 2014.
Los 16 supervivientes -formados por 13 afganos, dos sirios y un palestino- recurrieron al Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) contra Grecia.
El TEDH dictaminó que era “muy cuestionable” que los migrantes implicados en el caso hubieran podido contribuir adecuadamente a la investigación iniciada por las autoridades griegas.
Por ejemplo, en uno de los incidentes, un traductor que tomó las declaraciones de los supervivientes admitió posteriormente que no hablaba el idioma de los supervivientes.
A pesar de negar una política de empujar las embarcaciones de migrantes de vuelta a Turquía, la sentencia señalaba los comentarios del ministro de asuntos navales, que había dicho previamente que las autoridades griegas “enviaban [migrants] de vuelta al lado turco” y que los guardacostas habían impedido la entrada de “múltiples” personas al país.
En cuanto al rescate en sí, la sentencia judicial dice que, según los que estaban a bordo, no se les había dado chalecos salvavidas. Añadió que se envió una lancha rápida al lugar de los hechos, a pesar de que no contaba con el equipo de rescate necesario.
La sentencia dice que, una vez que el grupo restante de migrantes llegó a Farmakonisi, se les sometió a un registro al desnudo en una cancha de baloncesto al aire libre delante de un grupo de soldados.
Las autoridades griegas no explicaron por qué era necesario el cacheo al desnudo y no aportaron ninguna prueba que sugiriera que los que estaban a bordo de la embarcación estaban armados o eran peligrosos.
La sentencia añadía: “Por el contrario, al llegar a Farmakonisi los demandantes estaban agotados, conmocionados por los acontecimientos y preocupados por la suerte de sus familiares.”
Decía que los migrantes se encontraban en “una situación extremadamente vulnerable” y que, tras el hundimiento de la embarcación, probablemente sentían un “estrés extremo” y también emociones “de intenso dolor y pena”.
El tribunal consideró que Grecia había violado dos artículos del Convenio Europeo de Derechos Humanos: el artículo 2, el derecho a la vida, y el artículo 3, la prohibición de tratos inhumanos o degradantes.
Dictaminó que Grecia debía pagar 330.000 euros por daños y perjuicios a los demandantes.
Uno de los demandantes recibirá 100.000 euros, otros tres 40.000 euros y cada uno de los restantes 10.000 euros.
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